El club blanco recurrió la decisión arbitral y el juez de competición le ha dado la razón, anulando la sanción federativa al jugador jienense. En caso de que el recurso no hubiese properado, Javi Moyano no hubiese podido jugar esta noche.
Esta es la resolución del Juez de Competición:
En Las Rozas (Madrid), a 24 de noviembre de 2009, vistos el acta y demás documentos referentes al encuentro correspondiente al Campeonato Nacional de Liga de Segunda División “B”, disputado el día 22 de noviembre de 2009 entre los clubes Club Atlético Ciudad y Real Jaén C.F.
ANTECEDENTES
1) El acta arbitral, en el apartado de Jugadores bajo el epígrafe de “B-Expulsiones” literalmente transcrito, dice :”Real Jaén C.F. SAD: En el minuto 44 el jugador (2) Moyano Lujano, Javier fue expulsado por el siguiente motivo: derribar a un adversario impidiendo una manifiesta ocasión de gol”.
2) En tiempo y forma el Real Jaén C.F. formula escrito de alegaciones ante este Juez de Competición, aportando como medio de prueba reportaje por correo electrónico.
FUNDAMENTOS DE DERECHO
Primero.- El Real Jaén formula escrito de alegaciones en relación con la tarjeta roja mostrada al jugador Sr. Moyano Lujano. En el mismo manifiesta que en ningún momento el jugador derriba al contrario; que el jugador número 17 del Atlético Ciudad antes de apoyar su pie derecho, ante la proximidad del jugador expulsado se deja caer al suelo con la intención de engañar al árbitro.
Por lo expuesto solicita que se deje sin efecto la citada tarjeta roja.
En virtud de cuanto antecede, este Juez de Competición,
ACUERDA:
Anular los efectos disciplinarios de la tarjeta roja mostrada al jugador del Real Jaén C.F., D. JAVIER MOYANO LUJANO.
Contra la presente resolución cabe interponer recurso ante el Comité de Apelación en el plazo de diez días, a contar desde el siguiente al que se reciba la notificación.
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