miércoles, 26 de octubre de 2011

EL JUEZ ÚNICO DE COMPETICIÓN NO ESTIMA EL RECURSO DEL REAL JAEN Y DIEGO CASCÓN NO PODRÁ JUGAR EL PARTTIDO FRENTE A 'LA BALONA'

No ha prosperado el recurso que el Real Jaén interpuso el lunes para evitar la tarjeta amarilla que el colegiado valenciano Mariano Medina Méndez mostró a Diego Cascón, lo que implicaba llegar a la quinta amonestación y, por tanto, no podría jugar el próximo partido en La Linea de la Concepción.

 Cascón (14), en el partido frente al Betis B el pasado domingo. C. FRÍAS
.
Esta es la resolución del juez único de competición en el expediente 110/-2011-12:

"Vistos el acta y demás documentos referentes al partido correspondiente al Campeonato Nacional de Liga de Segunda División "B", disputado el día 23 de los corrientes entre el Real Jaén C.F. y el Real Betis Balompié "B", el Juez de Competición adopta la siguiente

RESOLUCIÓN

ANTECEDENTES

Primero.- El acta arbitral, en el apartado de jugadores, bajo el epígrafe de amonestaciones, literalmente transcrito, dice: "Real Jaén C.F. SAD: En el minuto 19 el jugador (14) Cascón Sandoval, Diego fue amonestado por el siguiente motivo:
dejarse caer dentro del área contraria, simulando ser objeto de falta".

Segundo.- En tiempo y forma el Real Jáen C.F. SAD formula escrito de alegaciones, aportando prueba videográfica.

FUNDAMENTOS JURIDICOS

Único.- No puede tener acogida la pretensión formulada en su escrito de alegaciones por la representación del Real Jaén C.F. SAD, por cuanto, a tenor de
los artículos 27 y 130 del Código Disciplinario de la RFEF, el relato fáctico del acta arbitral goza de una presunción de veracidad, que sin llegar a constituir una verdad inatacable, prevalece en tanto no se haga quebrar su interina certeza con una prueba contundente e indubitada, circunstancia que en esta oportunidad no concurre, por cuanto la prueba videográfica aportada no es en modo alguno suficiente para demostrar que el colegiado en su decisión incurrió en un error material manifiesto, sin que en modo alguno sea suficiente que otra versión fuera verosímil o posible.

Por lo anteriormente expuesto, este Juez de Competición,

ACUERDA:

Amonestar al jugador del Real Jaén C.F. SAD, D. DIEGO CASCON SANDOVAL, por simular haber sido objeto de falta, correctivo que determina, al tratarse del quinto de aquella clase, su suspensión durante UN PARTIDO, con multa
accesoria en cuantía de 45 € al club y de 355 € al infractor, en aplicación de los artículos 124, 112 y 52 del Código Disciplinario de la RFEF.

Contra la presente resolución cabe interponer recurso ante el Comité de Apelación en el plazo de diez días hábiles, a contar desde el siguiente al que se reciba la notificación.

Las Rozas (Madrid), a 26 de octubre de 2011.
El Juez de Competición.

El Real Jaén no recurrirá esta decisión al Comité de Apelación, por lo que Cascón no podrá jugar el domingo en La Línea de la Concepción.