viernes, 21 de junio de 2013

EL COMITÉ DE APELACIÓN DESESTIMA EL RECURSO PRESENTADO POR EL REAL JAÉN SOBRE LAS SANCIONES A FRAN MACHADO Y OSCAR QUESADA

Reunidos el Comité de Apelación, integrado por José Mateo Díaz, Arturo Manrique Marín y Carlos González Torres, para resolver el recurso interpuesto por el Real Jaén C.F. SAD, contra acuerdo del Juez de Competición de fecha 19 de junio de 2013, son de aplicación los siguientes, ha llegado a la conclusión de desestimar la petición del club jienense.

Óscar Quesada y Fran Machado. CARDI FRIAS
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Tras analizar los hechos y las anotaciones del acta arbitral, consignando que fue el Juez Único de Competición el que sanción tanto a Fran Machado como a Óscar Quesada con un partido por acumulación de amonestaciones, en la resolución del Comité de Apelación se indica lo siguiente: 

"Visto el contenido del acta arbitral, el recurso de apelación presentado y demás documentos obrantes en el expediente federativo, no se desprende la existencia de error claro y manifiesto en la redacción que de los hechos se hace en el acta arbitral y no se aporta prueba determinante que acredite que las acciones por los recurrentes y vistas de manera independiente, sean
merecedoras de diferente juicio que el reflejado en el acta arbitral, no se aporta elemento que acredite la existencia de un error arbitral en la toma de una decisión técnica en la que es la autoridad deportiva única e inapelable, en el orden técnico para dirigir los partidos, tal y como se recoge en el articulo 236.1 del Reglamento General de la RFEF.

Igualmente debe tenerse en consideración que el acta arbitral es el medio documental necesario en el conjunto de la prueba y que en lo referente a la disciplina, las decisiones del árbitro sobre hechos relacionados con el juego, son definitivas, presumiéndose ciertas salvo error material manifiesto, tal y como recoge el articulo 27 del Código Disciplinario de la RFEF, error que en el presente caso no queda acreditado ni demostrada su existencia, tanto en la jugada protagonizada por el jugador con el dorsal nº 10, Don Francisco Javier Machado Ramos, como en la realizada por el jugador con el dorsal nº 16 Don Oscar Quesada Martínez.

La prueba videográfica no demuestra de manera clara y contundente, la existencia de error en la toma de decisión arbitral, tanto en uno como en el otro caso, por lo que no puede ser determinante a la hora de dejar sin valor privilegiado lo contenido en el acta arbitral.
En virtud de cuanto antecede, el Comité de Apelación,

ACUERDA:
Desestimar el recurso formulado por el club Real Jaén C.F. SAD, confirmando el acuerdo impugnado, recaído en resolución del Juez de Competición de fecha 19 de de 2013.

Contra la presente resolución cabe interponer recurso ante el Comité Español de Disciplina Deportiva en el plazo de quince días hábiles, a contar desde el siguiente al que se reciba la notificación".

Una vez conocida la resolución, el departamento jurídico del conjunto jienense solicitado al Comité Español de Disciplina Deportiva la cautelar para los dos jugadores, si bien el entrenador Manolo Herrero, según hemos podido saber ha comunicado a los abogados del club que el levantar la sanción de forma cautelar supone que Machado y Quesada no pudieran jugar el partido de vuelta en La Vitoria, aquella se quede sin efecto. 

Seguiremos informando...